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Héroe de la prensa

Condiciones de las piezas

1. Definiciones

Cargo adicional se refiere a los honorarios o cargos por trabajos adicionales realizados a petición del Cliente o razonablemente requeridos como resultado de la conducta del Cliente, calculados de acuerdo con los precios vigentes en ese momento del Proveedor; y los gastos incurridos por el Proveedor, a petición del Cliente o razonablemente requeridos como resultado de la conducta del Cliente.

Día laborable significa un día que no es sábado, domingo o festivo en el lugar donde se prestan principalmente los Servicios o se suministran los Productos.

Información confidencial se entenderá la información, incluida la de carácter comercial y/o financiero, ya sea escrita u oral, y esté o no marcada como confidencial, incluyendo sin limitación:

el contenido del presente Acuerdo;

información relativa a clientes, clientes, proveedores, contratistas, empleados u otras personas que hagan negocios con una Parte;

secretos comerciales; y

otra información relativa a los negocios o asuntos (incluida la situación financiera, la gestión interna, las políticas, las estrategias y los procedimientos) de una Parte,

pero excluyendo determinadas categorías de información identificadas en el presente Acuerdo.

Cliente se refiere a la persona identificada en un Presupuesto o factura como el cliente e incluye a los agentes y cesionarios autorizados del Cliente.

Mercancías se refiere a las mercancías que el Proveedor debe suministrar al Cliente de conformidad con el Presupuesto o la factura y las presentes condiciones comerciales.

Propiedad intelectual se refiere a todos y cada uno de los derechos de autor, patentes, marcas comerciales, nombres comerciales, logotipos, software, documentación, técnicas técnicas y de fabricación, conceptos, métodos, diseños, especificaciones y otra información de propiedad relacionada con los Productos y cualquier modificación, mejora o derivado de los mismos.

Pérdida incluye, pero no se limita a, costes (incluidos los costes legales de parte a parte y los costes legales del Proveedor), gastos, lucro cesante, indemnización por daños y perjuicios, daños personales y daños materiales.

Persona persona física, sociedad, administración u organismo público, patrimonio, fideicomiso, sociedad colectiva, asociación u otra entidad o empresa jurídica o comercial.

Proveedor significa Effusiontech Pty Ltd o la entidad especificada como proveedor de Bienes en el Presupuesto o factura e incluye a los agentes y cesionarios permitidos del Proveedor.

2. Interpretaciones.

En estas condiciones comerciales, salvo que el contexto exija lo contrario:

a. una referencia a la escritura incluye el correo electrónico y otras comunicaciones establecidas a través del sitio web del Proveedor y/o del Cliente (si lo hubiera);

b. el singular incluye el plural y viceversa;

c. una referencia a una cláusula o párrafo es una referencia a una cláusula o párrafo de estas condiciones comerciales;

d. la referencia a una de las partes de estas condiciones comerciales o de cualquier otro documento o acuerdo incluye a los albaceas, administradores, sucesores y cesionarios autorizados de dicha parte;

e. cuando se define una expresión, otra parte de la oración o forma gramatical de esa expresión tiene un significado correspondiente;

f. los encabezamientos son sólo para facilitar la consulta y no afectan al significado ni a la interpretación de estas condiciones comerciales; y

g. si la fecha en la que debe realizarse cualquier acto, asunto o cosa cae en un día que no es Día Hábil, dicho acto, asunto o cosa:

i. si se trata de un pago que no sea a la vista, deberá efectuarse el Día Hábil anterior; y

ii. en todos los demás casos, deberá realizarse el siguiente Día Hábil.

3. General

a. Estas condiciones comerciales se aplican a todas las transacciones entre el Cliente y el Proveedor relativas al suministro de Mercancías. Esto incluye todos los presupuestos, órdenes de compra, facturas, contratos y variaciones. Estas condiciones comerciales prevalecerán sobre las condiciones comerciales contenidas en cualquier documento del Cliente o en cualquier otro lugar.

b. La variación o renuncia de una disposición de estas condiciones o el consentimiento de una parte a una desviación de una disposición por otra parte no es efectiva a menos que se haga por escrito firmado por las partes.

4. Citas

a. El Proveedor proporcionará al Cliente un Presupuesto. Cualquier Presupuesto emitido por el Proveedor tendrá una validez de sesenta (60) días a partir de la fecha de emisión.

b. Los presupuestos se basan en el coste de los materiales disponibles en el momento de la preparación del Presupuesto y asumen el suministro puntual por parte del Cliente del material necesario y las instrucciones al Proveedor.

c. Tras la entrega de un Presupuesto al Cliente, el Proveedor no estará obligado a comenzar el trabajo hasta que el Presupuesto haya sido aceptado por el Cliente. Para ello, el Cliente deberá cumplimentar una Orden de Compra y devolverla al Proveedor.

d. La indicación en un Presupuesto del plazo para el suministro de los Bienes es sólo una estimación y no un plazo fijo. Sin perjuicio de las obligaciones en materia de garantías del consumidor previstas en la Ley del Consumidor de Australia, esta estimación no es vinculante para el Proveedor.

e. Los términos de la Cotización son confidenciales.

f. El Cliente pagará los Bienes dentro de los plazos o en o antes de la(s) fecha(s) especificada(s) en el Presupuesto o factura, y no tiene derecho y no suspenderá los pagos, compensará o deducirá de otro modo de cualesquiera importes facturados por el Proveedor. El presente documento no confiere ningún derecho a comprar Mercancías a crédito, y cualquier ampliación, modificación o retirada de crédito y condiciones de crédito quedan reservadas exclusivamente al Proveedor a su discreción. Salvo pacto en contrario, todos los pagos se efectuarán en dólares australianos.

g. La realización de una Orden de Compra por parte del Cliente implica la aceptación por parte del Cliente de estas condiciones comerciales y de la Cotización más reciente proporcionada por el Proveedor en relación con dicha Orden de Compra.

h. El Proveedor podrá, a su absoluta discreción, negarse a suministrar Mercancías cuando:

i. La mercancía no esté disponible por cualquier motivo;

ii. no se pueden acordar límites de crédito o se han superado; o

iii. el Proveedor no ha recibido el pago de las Mercancías suministradas previamente al Cliente.

i. Una Orden de Compra no podrá ser cancelada sin el previo consentimiento por escrito del Proveedor. Cuando se cancele una Orden de Compra, el Cliente indemnizará al Proveedor por cualquier Pérdida sufrida por el Proveedor como resultado de la cancelación. Esto incluye, pero no se limita a, el coste de cualquier trabajo ya realizado, el coste de las piezas compradas y la pérdida de beneficios de otros pedidos a los que se haya renunciado como resultado de la programación de la Orden de Compra que se cancele posteriormente.

j. Si el Cliente desea modificar sus requisitos después de la realización de una Orden de Compra, el Proveedor se reserva el derecho de modificar el Presupuesto para incluir cualquier Cargo Adicional con respecto a cualquier coste adicional incurrido o trabajo adicional realizado debido a la variación, de acuerdo con sus tarifas de cargos vigentes en ese momento. Un Presupuesto revisado emitido por el Proveedor con respecto a la modificación solicitada sustituye al Presupuesto original. Si el Presupuesto revisado sólo especifica trabajo adicional, el Presupuesto por ese trabajo adicional será adicional al Presupuesto inmediatamente anterior por los Bienes.

k. El Proveedor dispone de una prórroga automática para el suministro de los Bienes igual al retraso causado por la variación.

5. 5. Facturación y pago

a. El Proveedor podrá, a su absoluta discreción, emitir una factura al Cliente de una o varias de las siguientes formas:

i. antes de comenzar el suministro de los Bienes, por un importe igual al Presupuesto y los Cargos Adicionales cuando el Proveedor no haya realizado previamente trabajos para el Cliente o cuando el Proveedor decida hacerlo;

ii. al final de cada semana anterior a la finalización de la Orden de Compra, el Proveedor podrá emitir una o más facturas por una proporción o la totalidad del importe del Presupuesto (la proporción se calculará a discreción del Proveedor, ya sea por el trabajo realizado hasta ese momento, por el trabajo futuro o por ambos) y exigir que esa proporción del Presupuesto se pague por adelantado antes de que se suministren más Bienes; o bien

iii. a la finalización del suministro de los Bienes o en cualquier momento posterior, por un importe igual al Presupuesto o al saldo del Presupuesto pendiente de pago, cualquier Cargo Adicional y cualquier importe no facturado previamente, o si no se proporcionó Presupuesto, por un importe que represente el cargo del Proveedor por el trabajo realizado para completar la Orden de Compra y por cualquier Cargo Adicional.

b. El importe a pagar por el Cliente será el que figure en la factura. Éste se calculará como:

i. el importe de los Productos establecido en el Presupuesto y cualquier Cargo Adicional, o

ii. cuando el Proveedor no haya facilitado un Presupuesto, los cargos habituales del Proveedor por los bienes o según se describan en el Presupuesto.

c. El Cliente deberá pagar una factura emitida por el Proveedor dentro de los catorce (14) días siguientes a la emisión de una factura fiscal válida al Cliente.

d. Si alguna factura está vencida pero no ha sido pagada, el Proveedor podrá retener el suministro de cualquier otro Bien hasta que los importes vencidos hayan sido pagados en su totalidad.

e. El Proveedor podrá, a su entera discreción, aplicar cualquier pago recibido del Cliente a cualquier cantidad adeudada por el Cliente al Proveedor.

f. Todos los costes y gastos asociados con el cobro de importes vencidos, incluidos (pero no limitados a) los honorarios legales y los costes y gastos internos del Proveedor, deberán ser abonados por el Cliente como deuda vencida y pagadera en virtud de las presentes condiciones comerciales.

g. El Cliente y el Proveedor acuerdan cumplir con sus obligaciones en relación con el Impuesto sobre Bienes y Servicios (GST) en virtud de la Ley de un Nuevo Sistema Fiscal (Impuesto sobre Bienes y Servicios) de 1999 (Cth) y cualquier otra legislación aplicable que regule el GST.

6. Título y riesgo

a. El riesgo de la mercancía se transmite al Cliente inmediatamente después de la entrega.

b. La propiedad y titularidad de las Mercancías suministradas al Cliente en virtud de las presentes condiciones comerciales no se transmitirá al Cliente hasta que todo el dinero (incluido el dinero adeudado en relación con otras transacciones entre el Proveedor y el Cliente) debido y pagadero al Proveedor por el Cliente haya sido íntegramente abonado.

c. Cuando el Proveedor suministre Bienes al Cliente sin el pago íntegro de todos los importes pagaderos en relación con los Bienes, el Cliente reconoce que el Proveedor tiene derecho a registrar y perfeccionar una garantía real sobre bienes personales.

7. Entrega

a. El Proveedor intentará cooperar con las fechas de entrega solicitadas por el Cliente u otras solicitudes de entrega relacionadas, pero no puede garantizar y no garantiza las fechas o plazos de envío o entrega citados, y podrá satisfacer los artículos pedidos mediante envíos parciales e incrementales, a su entera discreción.

b. El Cliente reconoce y acepta que todos los costes y obligaciones asociados con el envío y la entrega de las Mercancías correrán exclusivamente a cargo del Cliente; que cualquier seguro deseado para ello será obligación y gasto exclusivo del Cliente; y que en ningún caso el Proveedor será responsable de cualquier daño o pérdida directa o indirecta en que pueda incurrir el Cliente como consecuencia de cualquier fallo o retraso en la entrega.

c. El Cliente notificará por escrito al Proveedor, dentro de los diez (10) días naturales siguientes a la fecha de entrega, cualquier supuesto defecto de la Mercancía u otras discrepancias de la Orden de Compra, y la Mercancía se considerará aceptada en la cantidad especificada en el conocimiento de embarque o factura comercial y en buen estado, y dicha aceptación operará como impedimento para las reclamaciones contra el Proveedor, si no se recibe dicha notificación.

8. Derechos de propiedad intelectual

a. Todos los Derechos de Propiedad Intelectual relativos a las Mercancías seguirán siendo propiedad del Proveedor.

b. El Proveedor concede al Cliente un derecho no exclusivo, libre de regalías, a utilizar la Propiedad Intelectual con respecto a las Mercancías.

9. Confidencialidad

a. Cada una de las Partes se compromete a mantener la confidencialidad de la Información Confidencial y a no utilizar dicha Información Confidencial más que para los fines del presente Acuerdo.

b. Cada una de las Partes tomará todas las precauciones necesarias para evitar cualquier divulgación o uso no autorizado de la Información Confidencial por parte de sus funcionarios, directores, empleados u otros representantes.

c. Las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula no se aplicarán a la divulgación de Información Confidencial:

i. que ya era conocido por la Parte receptora en el momento de la divulgación (como lo demuestra la documentación contemporánea);

ii. estaba a disposición del público en general o era de dominio público en el momento de su divulgación a la otra Parte;

iii. haya pasado a ser de dominio público o de acceso general después de su divulgación y no se deba a un acto u omisión de la Parte receptora que infrinja el presente Acuerdo;

iv. fue revelada a la Parte receptora, salvo en virtud de una obligación de confidencialidad, por un tercero que no tenía ninguna obligación con la otra Parte de no revelar dicha información a terceros.

d. Cada Parte reconoce que el valor de la Información Confidencial de la otra Parte es tal que una indemnización por daños y perjuicios o una cuenta de beneficios puede no ser una compensación adecuada si se incumple esta Cláusula 9.

e. A la terminación o expiración de este Acuerdo, cada una de las Partes devolverá a la Parte reveladora, tan pronto como sea razonablemente posible, todas las copias de toda la Información Confidencial y todas las copias de todos los documentos que contengan Información Confidencial, o destruirá o borrará todas las copias de dicha Información Confidencial y documentos de forma que sea verificable por la Parte reveladora.

10. Agencia y asignación

a. El Cliente acepta que el Proveedor pueda en cualquier momento nombrar o contratar a un agente para cumplir una obligación del Proveedor derivada de estas condiciones comerciales o en virtud de las mismas.

b. El Proveedor tiene derecho a ceder y transferir a cualquier persona la totalidad o parte de su título, patrimonio, interés, beneficio, derechos, deberes y obligaciones derivados de estas condiciones comerciales, siempre que el cesionario acepte asumir todos los deberes y obligaciones del Proveedor para con el Cliente en virtud de estas condiciones comerciales.

c. El Cliente no cederá, ni pretenderá ceder, ninguna de sus obligaciones o derechos en virtud de estas condiciones comerciales sin el consentimiento previo por escrito del Proveedor.

11. Incumplimiento del cliente

a. Cada uno de los siguientes sucesos constituye un caso de incumplimiento:

i. el Cliente incumple o se alega que ha incumplido estas condiciones comerciales por cualquier motivo (incluido, entre otros, el impago de cualquier cantidad adeudada en virtud de estas condiciones comerciales) y no subsana dicho incumplimiento en un plazo de 14 días a partir de la notificación del Proveedor para que lo haga;

ii. el Cliente, siendo una persona física, comete un acto de quiebra;

iii. el Cliente, al ser una sociedad, está sujeto a:

1. que se presente una petición, se dicte una orden o se convoque una reunión para considerar un acuerdo de liquidación, cancelación o disolución del Cliente;

2. el nombramiento de un administrador judicial, un administrador judicial o un administrador en virtud de la Parte 5.3A de la Ley de Sociedades de 2001 (Cth) para todos o parte de los bienes y empresas del Cliente;

3. la celebración de un acuerdo (que no tenga por objeto la reestructuración); y

4. cualquier cesión en beneficio de los acreedores;

iv. el Cliente pretenda ceder sus derechos en virtud de las presentes condiciones comerciales sin el consentimiento previo por escrito del Proveedor; o

v. el Cliente cese o amenace con cesar en el ejercicio normal de su actividad.

b. Cuando se produzca un incumplimiento, salvo que el Proveedor haya recibido el pago íntegro, el Proveedor podrá:

vi. rescindir las presentes condiciones comerciales;

vii. rescindir cualquiera o todos los pedidos de compra y acuerdos de crédito (si los hubiera) con el Cliente;

viii. negarse a entregar las Mercancías;

ix. recuperar y revender cualquier Bien entregado al Cliente cuyo pago no se haya recibido; o

x. retener (en su caso) todo el dinero pagado por el Cliente a cuenta de los Bienes o Servicios o de otro modo.

c. Además de cualquier acción permitida al Proveedor en virtud del apartado 14(b), en caso de incumplimiento, todas las facturas serán inmediatamente exigibles y pagaderas.

12. Garantía

a. El Proveedor garantiza que los Bienes estarán libres de defectos de materiales y mano de obra.

b. Con respecto a una reclamación de garantía válida en virtud de la Sección 12(a) anterior, la única obligación de los Proveedores y el único recurso del Cliente es reparar o sustituir, a elección exclusiva de los Proveedores, cualquiera de dichos Bienes, por Bienes nuevos o reacondicionados conformes.

c. Las obligaciones de garantía limitada del Proveedor de la Cláusula 12(a) terminarán y no se aplicarán en ningún caso en el que cualquier supuesto fallo de la Mercancía u otro incumplimiento de la garantía haya sido necesario o causado en su totalidad o en parte por:

i. catástrofe, culpa o negligencia del Cliente;

ii. funcionamiento o uso del Bien en violación de las leyes o reglamentos aplicables;

iii. uso indebido o no autorizado;

d. LAS GARANTÍAS ESTABLECIDAS EN ESTA SECCIÓN 12 (GARANTÍA) SON EXCLUSIVAS Y SUSTITUYEN A TODAS LAS DEMÁS GARANTÍAS, EXPRESAS, IMPLÍCITAS O LEGALES (INCLUIDAS, ENTRE OTRAS, CUALQUIER GARANTÍA IMPLÍCITA DE COMERCIABILIDAD, IDONEIDAD PARA UN FIN DETERMINADO, TITULARIDAD O NO INFRACCIÓN). LOS RECURSOS PREVISTOS EN LA SECCIÓN 12(b) (RECURSOS DE GARANTÍA LIMITADA) SERÁN EL ÚNICO Y EXCLUSIVO RECURSO DEL CLIENTE POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR DE DICHA GARANTÍA LIMITADA, Y EL CLIENTE NO TENDRÁ DERECHO A RECLAMAR AL PROVEEDOR, SALVO EN LOS CASOS ANTES MENCIONADOS, YA SEA POR CONTRATO, RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL, BUENA FE U OTRA RESPONSABILIDAD ESTRICTA, PRÁCTICAS COMERCIALES O DE OTRO TIPO. LA REPARACIÓN O SUSTITUCIÓN O EL REEMBOLSO (A ELECCIÓN DEL PROVEEDOR) EN LA FORMA PREVISTA ANTERIORMENTE CONSTITUIRÁ EL CUMPLIMIENTO DE TODAS LAS RESPONSABILIDADES DEL PROVEEDOR CON RESPECTO A SU GARANTÍA LIMITADA, ASÍ COMO PARA CUALQUIER RECLAMACIÓN BASADA EN O RELACIONADA CON LA CALIDAD Y EL RENDIMIENTO DE LAS MERCANCÍAS. EL CLIENTE ES EL ÚNICO RESPONSABLE EN TODOS LOS CASOS DE LA SELECCIÓN DE LOS BIENES, SOFTWARE Y SERVICIOS PARA LOGRAR LOS RESULTADOS PREVISTOS POR EL CLIENTE O PARA LAS APLICACIONES PARTICULARES DEL CLIENTE.

13. Exclusiones y limitación de responsabilidad

a. Toda la información, especificaciones y muestras facilitadas por el Proveedor en relación con las Mercancías son únicamente aproximaciones y, con sujeción a cualesquiera garantías en virtud de la Ley del Consumidor de Australia, las pequeñas desviaciones o ligeras variaciones con respecto a las mismas que no afecten sustancialmente al uso de las Mercancías por parte del Cliente no darán derecho al Cliente a rechazar las Mercancías en el momento de la entrega, ni a presentar reclamación alguna con respecto a las mismas.

b. Bajo ninguna circunstancia el Proveedor o cualquiera de sus proveedores será responsable en modo alguno ante el Cliente o cualquier otra persona por cualquier Pérdida, daños, costes, gastos u otras reclamaciones (incluidos daños consecuenciales y lucro cesante o pérdida de ingresos) como resultado, directo o indirecto de cualquier defecto, deficiencia o discrepancia en las Mercancías.

c. El Cliente podrá ordenar al Proveedor que obtenga componentes o servicios de terceros para su uso en el suministro de los Bienes (Suministros de Fuente Dirigida). El Proveedor no será responsable ante el Cliente por ninguna garantía u otras reclamaciones que surjan de o estén relacionadas con los Suministros de Fuente Dirigida o por el incumplimiento del tercero en proporcionar oportunamente los Suministros de Fuente Dirigida.

d. Cualquier consejo, recomendación, información, asistencia o servicio proporcionado por el Proveedor en relación con los Bienes, se proporciona de buena fe y se considera exacto, apropiado y fiable en el momento en que se proporciona. Se proporciona sin ninguna garantía de exactitud, adecuación o fiabilidad. El Proveedor no acepta responsabilidad alguna por cualquier Pérdida sufrida como resultado de la confianza depositada por el Cliente en dicho asesoramiento, recomendación, información, asistencia o servicio.

e. EN LA MEDIDA EN QUE LA LEY LO PERMITA, EL PROVEEDOR NO SERÁ RESPONSABLE DE NINGÚN DAÑO DIRECTO, INDIRECTO, PUNITIVO, INCIDENTAL, ESPECIAL, CONSECUENTE O DE CUALQUIER OTRO TIPO, INCLUIDOS, ENTRE OTROS, LOS DAÑOS POR PÉRDIDA DE USO, DATOS O BENEFICIOS, QUE SE DERIVEN O ESTÉN RELACIONADOS DE ALGÚN MODO CON EL SUMINISTRO O LA IMPOSIBILIDAD DE SUMINISTRAR BIENES, SERVICIOS O SOFTWARE, O QUE SE DERIVEN DE ALGÚN OTRO MODO DEL SUMINISTRO DE BIENES O DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS, YA SE BASEN EN TÉRMINOS COMERCIALES, NEGLIGENCIA, RESPONSABILIDAD OBJETIVA O DE OTRO TIPO, INCLUSO SI EL PROVEEDOR HA SIDO ADVERTIDO DE LA POSIBILIDAD DE QUE SE PRODUZCAN DAÑOS.

f. La Ley Australiana del Consumidor puede otorgar al Cliente ciertas garantías. Cuando la responsabilidad por el incumplimiento de cualquiera de dichas garantías pueda limitarse, la responsabilidad del Proveedor (si la hubiere) derivada de cualquier incumplimiento de dichas garantías se limitará a los recursos disponibles en la Cláusula 15(b).

g. Esta cláusula subsiste a la terminación de estas condiciones comerciales.

17. Indemnización

a. El Proveedor indemniza y acuerda mantener indemne al Cliente, sus directores, empleados, contratistas y agentes por cualquier Pérdida, reclamación o responsabilidad que pueda ocurrir como resultado de cualquier acto u omisión del Proveedor. El Cliente indemniza y acuerda mantener indemne al Proveedor, sus directores, empleados, contratistas y agentes por cualquier Pérdida, reclamación o responsabilidad que pueda producirse como resultado de cualquier acto u omisión del Cliente.

b. Esta disposición permanecerá en vigor tras la finalización de las presentes condiciones comerciales.

18. 18. Fuerza mayor

a. Si circunstancias ajenas al control del Proveedor impiden o dificultan el suministro de los Bienes, el Proveedor quedará libre de toda obligación de suministrar los Bienes mientras persistan dichas circunstancias. El Proveedor podrá optar por resolver el presente contrato o mantenerlo en vigor hasta que dichas circunstancias hayan cesado.

b. Circunstancias fuera del control del Proveedor incluyen, pero no se limitan a, falta de disponibilidad de materiales o componentes, huelgas, cierres patronales, disturbios, desastres naturales, incendios, guerras, casos fortuitos, decretos, proclamaciones u órdenes gubernamentales, dificultades de transporte y fallos o mal funcionamiento de ordenadores u otros sistemas de tecnología de la información.

20. Varios

a. Estas condiciones comerciales se rigen por las leyes del estado de Victoria, Australia y cada parte se somete irrevocablemente a la jurisdicción no exclusiva de los tribunales de Victoria, Australia.

b. Estas condiciones comerciales y cualquier Presupuesto o Factura y variaciones escritas acordadas por escrito por el Proveedor representan la totalidad del acuerdo entre las partes en relación con el objeto de estas condiciones.

c. Estas condiciones comerciales sustituyen a todas las negociaciones y comunicaciones orales y escritas por y en nombre de cualquiera de las partes.

d. Al suscribir estas condiciones comerciales, el Cliente no se ha basado en ninguna garantía, representación o declaración, ya sea oral o escrita, realizada por el Proveedor o cualquiera de sus empleados o agentes en relación con o en conexión con el objeto de estas condiciones comerciales.

e. Si alguna disposición de estas condiciones comerciales en cualquier momento es o se convierte en nula, anulable o inaplicable, las disposiciones restantes seguirán teniendo plena vigencia y efecto.

f. El hecho de que una parte no ejerza o retrase el ejercicio de una facultad o derecho no opera como renuncia a dicha facultad o derecho.

g. Toda notificación u otra comunicación que una parte deba o pueda enviar a la otra deberá hacerse por escrito a la dirección que figura en el presupuesto y/o la orden de compra (o según se modifique de conformidad con el presente apartado) y entregarse personalmente, enviarse por correo prepagado a la dirección del destinatario especificada en el presupuesto correspondiente, enviarse por fax al número de fax del destinatario especificado en el presupuesto correspondiente, con acuse de recibo de la máquina de fax del destinatario o enviarse por correo electrónico a la dirección de correo electrónico del destinatario especificada en el presupuesto correspondiente con acuse de recibo.

h. Una notificación u otra comunicación se considerará entregada (salvo prueba en contrario) si se envía por correo, el segundo Día Hábil después del envío; o si se envía por fax o correo electrónico antes de las 16:00 horas de un Día Hábil en el lugar de recepción, el día en que se envía y, en caso contrario, el siguiente Día Hábil en el lugar de recepción.

i. Una parte sólo podrá cambiar su dirección postal o de correo electrónico o su número de fax a efectos de notificaciones notificando dicho cambio por escrito a la otra parte.

j. Las partes son contratistas independientes y nada de lo aquí estipulado se interpretará como la creación de una sociedad o la concesión del derecho a obligar a la otra parte.